Estado plurinacional

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Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del
proceso integrador del país.

Ante este escenario político impulsado por la aprobación popular en diciembre de 2009, Cejis tiene como Desafío  articular con nuevos sectores sociales, en el marco del pleno ejercicio de ciudadanía, para la construcción del Estado Plurinacional.

Asimismo, la Meta que persigue la institución es fomentar la alianza entre sectores sociales urbanos y rurales con agendas convergentes/ complementarias en torno a la formación y el funcionamiento de las instituciones básicas del Estado Plurinacional y al ejercicio de derechos sociales y políticos.

El Estado se denomina unitario porque resguarda la integridad del territorio nacional y garantiza la unidad entre los bolivianos.

Es comunitario porque revaloriza las diversas maneras d vivir en comunidad, sus formas de economía, de organización social, política y la cultura. Instituye los principios de solidaridad, reciprocidad, complementariedad y de una mejor distribución de la riqueza con equidad. Es comunitario porque el Estado asume y promueve como principios éticos -morales, aquellos que rigen la vida en comunidad de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos

Es plurinacional porque reconoce el pluralismo como principio. El pluralismo político reconoce diferentes formas de democracia, la liberal y la comunitaria y la composición de los poderes del Estado respetando la preexistencia de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos.

El pluralismo económico reconoce cuatro formas de organización económica: la comunitaria, la estatal, la privada, y la social cooperativa.

El pluralismo institucional reconoce una estructura territorial donde existen formas diferentes de organización institucional: departamentos, municipios, provincia y la autonomía indígena.

Que este modelo de Estado sea descentralizado y con autonomías significa que la organización institucional del mismo toma en cuenta la distribución de poder público a nivel territorial. Que existen todavía departamentos con un  régimen descentralizado y otros que accederán de manera más rápida a la autonomía plena.

Que en el caso de las autonomías, las formas de organización territorial ejercen derechos (atribuciones y competencias) que antes pertenecían al Estado central

Dada la existencia precolonial de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y su dominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza su libre determinación en el marco de la unidad del Estado,
que consiste en su derecho a la autonomía, al autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y a la consolidación de sus entidades territoriales, conforme a esta Constitución y la ley.

La estructura del nuevo modelo de Estado Plurinacional implica que los poderes públicos tengan una representación directa de los pueblos y naciones indígenas originarias y campesinas, según usos y costumbres, y de la ciudadanía a través del voto universal.
 

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